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Asilo Político

Dos meses después de activada, organizaciones urgen mejorar la política de asilo de Biden

Una coalición integrada por 35 grupos defensores de los inmigrantes pide mejoras urgentes a la política de asilo del gobierno de Biden implementada en mayo, entre ellas ofrecer documentos traducidos, mejorar los canales de comunicación y extender plazos.
Publicado 16 Ago 2022 – 11:25 AM EDT | Actualizado 16 Ago 2022 – 11:25 AM EDT
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Un agente de la Patrulla Fronteriza detiene a un grupo de indocumentados en un sector de Penitas, Texas. Crédito: PAUL RATJE/AFP via Getty Images

Con el fin de tener más opciones legales para ganar sus casos de asilo, un grupo integrado por 35 organizaciones que brindan servicios legales y defensa de inmigrantes y refugiados envió una carta al gobierno en la que piden generar vías de comunicación expeditas para responder preguntas y de esa manera acelerar los procesos.

En la misiva, dirigida al secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), Alejandro Mayorkas; a la directora del servicio de inmigración (USCIS), Ur Mendoza Jaddou; y a la directora de a la Justicia del Departamento de Justicia, Raquel Rossi, la coalición comenta la nueva regla final provisional de asilo implementada en mayo y advierten que el reglamento necesita ajustes.

“A pesar de nuestro compromiso de ampliar los servicios legales para las personas que buscan asilo, la capacidad de asistencia pro-bono y otros proveedores de servicios legales se estira demasiado”, se lee en la carta, impidiendo poner en práctica los servicios y reduciendo el margen de posibilidad de ganar un caso.

El grupo señala que los inconvenientes hallados en la nueva regla debilitan la declaración del gobierno de “maximizar el a un abogado” para los inmigrantes que buscan asilo y cuyos casos se manejan en el marco del debido proceso migratorio.

Qué piden

La regla de asilo vigente fue activada en la frontera con México el 31 de mayo. En resumen, señala que ya no serán los jueces de inmigración los únicos que otorguen la protección humanitaria, sino que se sumaron los agentes de asilo de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), quienes cuentan con poderes discrecionales temporales para conceder, referir o rechazar peticiones antes de que estas lleguen a los tribunales de inmigración.

Poco más de dos meses después de su implementación, la coalición pide al gobierno “proporcionar puntos de o” que faciliten el recorrido por el sistema, sobre todo teniendo en cuenta “los cambios radicales” que se registran en las normas y procedimientos de asilo.

“Estos cambios implican invariablemente desafíos y oportunidades únicos para solicitantes de asilo, agentes de asilo y abogados”, pero para garantizar el buen funcionamiento del programa se requiere “facilitar el intercambio oportuno de información sobre desafíos sistémicos, crear espacio para soluciones colaborativas, y permitir que los proveedores de servicios legales representen de manera más efectiva a quienes piden asilo y son procesados bajo la nueva regla”.

Cuando el gobierno activó la regla en mayo, dijo que el nuevo protocolo fue diseñado para “mejorar y acelerar el procesamiento de solicitudes de asilo presentadas por no ciudadanos sujetos a deportación acelerada, asegurando que aquellos que son elegibles reciban ayuda rápidamente, y los que no lo son sean puestos en proceso de expulsión inmediato”.

Qué sugieren

Entre los cambios, las organizaciones demandan “oportunidades para que los abogados hagan preguntas y les proporcionen retroalimentación, además de recibir estadísticas periódicas sobre el número, nacionalidad, idioma, género, edad, si el individuo está representado en cada etapa del proceso,
y los lugares de detención y destino de las personas procesadas bajo la nueva regla”.

“También sería extremadamente útil proporcionar a los proveedores de servicios legales los puntos de o en la Oficina de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) y la oficina de asilo de USCIS, para que puedan responder preguntas
sobre la implementación y casos específicos, así como facilitar mejor la representación legal de los solicitantes de asilo procesados bajo la regla”.

La regla provisional de mayo, denominada ‘Procedimientos para la Detección de Miedo Creíble y la Consideración de Asilo, Retención de Deportación y Reclamos de Protección CAT por Parte de los Oficiales de Asilo’, también conocida como Regla del Oficial de Asilo, autoriza a los agentes de asilo USCIS “para considerar las solicitudes de asilo de ciertas personas sujetas a deportación acelerada que establecen un temor de persecución o tortura durante su evaluación de temor creíble requerida”.

Hasta ahora mayo, tales casos eran decididos solo por jueces de inmigración (IJ) dentro de la Corte de Inmigración, tribunales que operan bajo el mando del Departamento de Justicia (DOJ).

La lista de cambios

Además de mejoras en los canales de comunicación, al grupo pide:


  • Poner a disposición del público documentos modelo del gobierno utilizados para o que entregan a los solicitantes procesados bajo la nueva regla (por ejemplo, el formulario I-870, Registro de Determinación/Hoja de Trabajo de Miedo Creíble; Formulario G-56 indicando la fecha y hora de su entrevista de méritos de asilo; formulario de orientación específico para la Regla de procesamiento de asilo; y el aviso de recibo I-589 (Petición de asilo).
  • Traducciones de documentos y formularios. Esta información ayudará a identificar, ayudar y representar a los solicitantes de asilo al permitir determinar efectivamente qué individuos están siendo procesados bajo la regla, explicar los documentos a clientes y capacitar a abogados voluntarios pro-bono.
  • Oportunidad de comentar sobre documentos modelo emitidos a personas procesadas conforme a la regla, así como individuos que reciben determinaciones negativas de miedo creíble para ayudar a mejorar el proceso y asegurar que los solicitantes de asilo estén adecuadamente informados sobre sus casos y sus derechos legales.

En la carta, la coalición también pide eliminar el requisito de firma del solicitante del Formulario G-28 de la Oficina de Asilo de USCIS “para reducir las barreras a la representación legal”.
El Formulario G-28 es el documento que permite notificar la comparecencia de un abogado o representante autorizado ante las autoridades de inmigración, el que debe ser firmado por el inmigrante que enfrenta un procedimiento de deportación donde tiene la oportunidad de pedir asilo.

El grupo advierte que la anulación de este requisito ayudará a proteger la información del inmigrante teniendo en cuenta que los abogados “están sujetos a estrictas pautas éticas que prohíben la conducta abusiva y divulgación de información confidencial del cliente”.

Además, señalan que por razones prácticas y dado a los plazos implacables establecidos por la nueva regla y significativos
obstáculos que enfrentan los representantes legales para obtener las firmas de las personas detenidas, y el mayor papel que tendrán las notas de la entrevista de miedo creíble (CFI) en la adjudicación de méritos del solicitante de asilo, “este requisito debe eliminarse para mejorar el a un abogado para los solicitantes de asilo”.

Otras demandas

  • Revisar los plazos establecidos y orientar a los agentes de asilo, entre ellos los siete días para presentar una Solicitud de reconsideración (RFR) de una determinación negativa de miedo creíble. Desde que la regla fue implementada, a los inmigrantes con determinaciones negativas se les ha negado solicitar una reconsideración debido al poco tiempo para hacerlo. Otros ni siquiera sabían que podían hacerlo porque no habían hablado con un abogado hasta después de que había pasado la fecha límite, y solo se enteró de este derecho después de hablar con un abogado.
  • Corregir las dificultades con la programación de llamadas legales en los centros de detención.
  • Garantizar que los solicitantes de asilo tengan a información legal sobre el proceso.

El grupo aplaudió los esfuerzos que ha realizado el DHS para facilitar el a la orientación legal para las personas que detenidas en centros de detención de ICE ubicados en Houston, Texas (los primeros habilitados para el desarrollo del programa), indicando que “el a la orientación legal para los solicitantes de miedo creíble antes de su entrevista es de suma importancia”.
“Facilitar un punto de o significativo entre los solicitantes de asilo y proveedores de servicios legales después de que la Oficina de Asilo haya determinado que un solicitante de asilo sea procesado bajo la nueva regla, ayuda a crear claridad para el asilo entre los inmigrantes y permite conocer sus derechos y responsabilidades”, agrega.

Añade que la aplicación de este protocolo facilita a los proveedores de servicio legal “la oportunidad de compartir información crítica que facilitaría la aparición en entrevistas, así como información sobre las ubicaciones de las oficinas de asilo, la logística para la entrevista de asilo y obtención de representación legal en las ciudades de destino” estipuladas en la regla de mayo.

La nueva regla

La nueva regla final provisional de asilo activada en mayo solo beneficia a las personas que son colocadas en procedimientos de deportación acelerada después del 31 de mayo de este año.

La regla aclara que el nuevo protocolo “no se aplica a los niños (menores) no acompañados”. Estos casos son manejados al amparo de leyes y regulaciones vigentes, entre ellas el Acuerdo Judicial Flores de 1997.

El protocolo fue activado primero en dos centros de detención ubicados en Texas, donde los agentes de asilo llevan a cabo entrevistas telefónicas de miedo creíble, incluso para las personas que puedan ser remitidas posteriormente a USCIS para una Entrevista de Méritos de Asilo (AMI) después de una determinación positiva de miedo creíble”.

Inicialmente, se lee en el reglamento, las referencias para una entrevista AMI se limitan a aquellas personas que indiquen a USCIS e ICE) “su intención de residir en una de las siguientes seis ciudades: Boston, Los Ángeles, Miami, Nueva York, Newark o San Francisco.

Fases del proceso


  • Colocación en deportación acelerada. Las personas que Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) encuentre en la frontera y que sean colocadas en deportación (remoción) acelerada y que aleguen temor, son transferidas a detención de ICE, de acuerdo con el procedimiento actual.
  • Entrevista de miedo creíble. El DHS y el DOJ están trabajando para brindar a las personas la oportunidad de acceder a los proveedores del Programa de Orientación Legal antes de su entrevista de temor creíble. Si la entrevista de miedo creíble da como resultado una determinación negativa, la persona puede solicitar una revisión de la decisión por parte del Juez de Inmigración, de conformidad con el procedimiento actual. USCIS también puede reconsiderar, a su discreción, una determinación negativa de temor creíble con la que ya estuvo de acuerdo un Juez de Inmigración si la solicitud se presenta dentro de los siete días posteriores a la aprobación del Juez o antes de la remoción, lo que ocurra primero.
  • Remisión (referencia) para una entrevista AMI. Durante la implementación por etapas, las personas que son colocadas en deportación acelerada y que reciben una determinación positiva de temor creíble, y a quienes ICE determina caso por caso que es apropiado liberar, pueden ser remitidos a USCIS para una AMI no adversa. La persona debe indicar su intención de residir en una de las seis ciudades de destino donde se llevan a cabo las AMI durante la implementación por etapas (Boston, Los Ángeles, Miami, Nueva York, Newark y San Francisco). Se notificará a las personas que se las colocará en el proceso de AMI cuando se les notifique su determinación positiva de temor creíble. El registro de la determinación positiva de temor creíble constituirá la solicitud de asilo, y la fecha de notificación de la determinación positiva de temor creíble se convertirá en la fecha de presentación de la solicitud de asilo. La AMI se llevará a cabo no antes de los 21 días ni después de los 45 días después de la determinación positiva de temor creíble, indica la regla.

La coalición que envió la carta está integrada, entre otros, por la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA), el Catholic Legal Immigration Network, Inc. (CLINIC); el Centro para Víctimas de la Tortura; el Immigrant & Refugee Services, Catholic Charities Community Services Archdiocese of New York; el Immigrant Defenders Law Center; RAICES, Refugees International; Robert F. Kennedy Human Rights, Vera Institute of Justice; y el Witness at the Border.
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