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    Corte Constitucional de Colombia propone dar visas a venezolanas que migraron para prostituirse

    El alto tribunal colombiano instó a las autoridades migratorias a facilitar los trámites para que los hombres y mujeres que ofrecen servicios sexuales obtengan visa de trabajo. La migración de venezolanos para ejercer la prostitución se convirtió en una de las consecuencias de la profunda crisis que vive su país.
    22 Abr 2017 – 10:15 AM EDT
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    ‘Ingrid, la maracucha’ llegó a principios de 2016 a la bahía de Taganga, Colombia, un pueblo de pescadores visitado por turistas de todo el mundo. Llegó en busca de oportunidades pero cle tocó ofrecer sus servicios en las calles y esquinas: “trabajo día y noche pero mi situación sigue difícil”. Crédito: Tata Mahecha

    SANTA MARTA, Colombia.- Hace siete meses, Carolina, una joven venezolana de 23 años, se vio obligada a migrar a Colombia por la profunda crisis política y económica que vive su país de origen y comenzó a ejercer la prostitución en Santa Marta, una ciudad del Caribe colombiano. Después de siete meses de penurias y de miedo a que las autoridades de su país de acogida la encuentren y deporten, un documento judicial le abre una puerta de esperanza.

    Se trata de una tutela (recurso de amparo), de la Corte Constitucional colombiana firmada el pasado mes de febrero pero que se conoció esta semana que insta al Estado, a través de Migración Colombia y Defensoría del Pueblo, a atender la necesidad que tienen las prostitutas venezolanas de regularizar su situación migratoria en Colombia y recomienda no hacer deportaciones masivas.

    “Nadie quiere irse de su país a pasar trabajo. Estamos en Colombia porque decidimos no seguir aguantando hambre en Venezuela. Ya es bastante difícil acostarse con un desconocido, como para sumarle la angustia de que te puedan deportar. Si se cumple lo que dice la sentencia, se abre una puerta para que dejemos de ser invisibles”, opina Carolina.

    "Se deben valorar las razones por las que decidieron venir"

    Pese a que no hay números de cuántos venezolanos están en la misma situación que Carolina, en los últimos años se ha registrado un aumento del número de hombres y mujeres que han decidido cruzar la frontera desde Venezuela al país vecino para ganarse la vida prostituyéndose. Al no tener su situación legal regularizada y ejercer una profesión prohibida, esos migrantes son especialmente vulnerables.

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    Pero ahora, esta sentencia reconoce el trabajo sexual como una actividad legítima y a las mujeres que lo ejercen por decisión propia como sujetos de especial protección. Además, el pronunciamiento de la alta corte presume que la situación socioeconómica de Venezuela es lo que ha llevado seguramente a estas mujeres a pasar la frontera, en busca de mejores condiciones de vida. Y señala que la falta de documentación dentro del país también las obliga a asumir una condición de vulnerabilidad que facilita la explotación sexual y la trata de personas.

    “El Estado colombiano no puede desconocer las normas internacionales en materia de protección de migrantes, por más que estas personas se encuentren de forma ilegal en nuestro territorio. Se deben valorar las razones por las que decidieron venir a Colombia, los riesgos que corren si son expulsadas del país y la situación concreta que enfrentarían en Venezuela en caso de ser devueltas”, se lee en la sentencia.

    La resolución ha sido recibida con optimismo por los venezolanos que ejercen la profesión en Colombia. “Si a mí me dan visa de trabajo o categoría de refugiada, yo dejo la prostitución y me dedico a otra actividad productiva que implique menos sacrificio y sea bien pagada", opina una venezolana que ofrece servicios sexuales en Tunja, la capital de Boyacá, en el interior del país, que se hace llamar Rebeca.

    "Por ejemplo podría postularme para trabajar como chef en un hotel o en una empresa de banquetes. Pero mientras esté ilegal, nadie me contrata”, comenta esta madre de una niña de 12 años y que hace tres migró a Colombia. Actualmente, Rebeca obtiene parte de sus ingresos trabajando como cocinera en un pequeño restaurante y el complemento se lo busca a través de la prostitución.

    El origen del fallo

    El pronunciamiento de la Corte Constitucional en referencia a las medidas de protección para los venezolanos que ejercen la prostitución en Colombia se dio en respuesta a una acción legal ejercida por la dueña de un prostíbulo en Chinácota, un municipio ubicado al Norte de Santander, a una hora de la ciudad fronteriza de Cúcuta.

    Delcy Delgado, dueña de la Taberna Barlovento, demandó a la alcaldesa de la localidad, Nubia Romero, porque al ordenar el cierre del bar desconocía el derecho al trabajo y al trato igualitario de todas las prostitutas que trabajaban ahí. La pelea dada por la demandante era el reconocimiento de la prostitución como actividad legal y los derechos que le asisten como propietaria de un bar que tiene más de 80 años funcionando. Al final, la Corte le dio la razón a Delgado.

    Pero, de acuerdo con los documentos recibidos por la Sala Constitucional para el proceso, la policía había encontrado en el prostíbulo a cuatro mujeres venezolanas prestando servicios sexuales. Los magistrados no quisieron pasar desapercibido este detalle y emitieron este precedente jurídico que conmina a “las entidades competentes a analizar cada caso en concreto de cada una de las personas extranjeras que se encuentren realizando actividades de prostitución”.

    La docente de la Universidad del Rosario de Bogotá experta en temas migratorios María Teresa Palacios opina que, con este fallo, la Corte Constitucional reconoce los derechos civiles de estas mujeres venezolanas que, de lo contrario, podrían ser doblemente victimizadas: “Son víctimas de la situación en su país y también por ser trabajadoras sexuales. Lo mínimo que puede garantizarle el Estado es un esquema básico de derechos, a través de políticas públicas que permitan identificarlas, caracterizarlas y protegerlas”, apunta la abogada.

    Migración Colombia y Defensoría del Pueblo emitirán un pronunciamiento al respecto en cuanto reciban notificación formal de la Corte.

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