Corte bloquea regla que niega asilo a migrantes que cruzan por un tercer país antes de llegar a EEUU
Una corte federal bloqueó una regla migratoria implementada en la frontera el año pasado que niega asilo a personas que cruzaron por un tercer país antes de llegar a Estados Unidos.
Un de jueces de la Corte de Apelaciones del 9º Circuito, con sede en San Francisco (California), determinó que la regulación, conocida como ‘norma de tránsito de terceros países’, deja “muy pocas excepciones” o permite a extranjeros que intentaron llegar o llegaron a la frontera sur a partir del 16 de julio del año pasado, sean elegibles para asilo a menos que lo hayan solicitado en otro país, como México, por el que pasaron camino Estados Unidos.
Los jueces advirtieron que la regla no se refiere directamente a la validez de la política, sino al impacto de una regulación separada y que fue promulgada mientras se encontraba en litigio tras una demanda interpuesta por un subgrupo de peticionarios de asilo.
La decisión cubre a aquellos inmigrantes que llegaron a la frontera en busca de asilo antes de la entrada en vigor de la regla del tercer país, y quienes llevaban tiempo esperando en la frontera siguiendo las normas dictadas para pedir la protección del gobierno.
Difunden el fallo
El Southern Poverty Law Center (SPLC) anunció en su cuenta de la red social Twitter que un del Tribunal de Apelaciones del 9º Circuito “bloqueó la aplicación del #asylumban de la istración Trump a miles de solicitantes de asilo a los que se impidió ilegalmente el al proceso de asilo antes de que se implementara la prohibición de tránsito”.
La decisión levanta una suspensión istrativa previa de la orden judicial preliminar dictada por un tribunal de distrito. “El 9º Circuito halló que el gobierno no demostró que sufriría un daño irreparable si la orden entraba en vigor mientras el tribunal revisa los méritos”, dijo el American Inmigration Council (AIC).
El tribunal también determinó que es poco probable que el gobierno tenga éxito en la apelación, es decir, que demuestre que no tenía el deber de otorgar al proceso de asilo a personas que aguardaban solicitar este beneficio antes de la puesta en vigor de la prohibición.
Los demandantes
El caso que revisó el de jueces de Corte de Apelaciones del 9º Circuito se conoce con el nombre de ‘Al Otro Lado versus Wolf’, una demanda colectiva presentada por el SPLC junto con el Centro de Derechos Constitucionales, el AIC y Mayer Brown LLP en nombre de los solicitantes de asilo individuales y la organización de servicios legales Al Otro Lado (AOL).
La orden “protegerá las vidas de los solicitantes de asilo que se vieron obligados a soportar dificultades extremas mientras esperaban en ciudades fronterizas peligrosas durante meses por una oportunidad de solicitar asilo en Estados Unidos", dijo Erika Pinheiro, directora de litigios y políticas de AOL.
"Estos migrantes tienen un profundo compromiso de seguir nuestras leyes en la búsqueda de protección, y nos alivia ver que su decisión de seguir las instrucciones de nuestro gobierno de esperar en México no perjudicará sus posibilidades de alivio", agregó.
A su vez, Melissa Crow, abogada supervisora principal del Proyecto de Justicia para Inmigrantes de la SPLC, dijo que “la decisión es importante para los miles de solicitantes de asilo que siguieron las 'reglas' que, afirmamos, son ilegales y esperaron su turno solo para que les dijeran que no tenían suerte una vez que se puso en vigor la regla de tránsito”.
“Estas personas, muchas de las cuales esperaron meses para solicitar asilo, merecen la oportunidad de que se escuchen los méritos de sus solicitudes de asilo”, indicó.
Qué dice la regla
La regla de asilo implementada por el gobierno requiere que los migrantes previamente hayan pedido la protección en el país por el que viajaron en ruta a los Estados Unidos para ser elegibles.
Después de que la prohibición fue activada, en septiembre del 2019, organizaciones pro-inmigrantes presentaron una moción para proteger a los miles de solicitantes de asilo que habían cruzado hacia a Estados Unidos antes de la fecha de vigencia de la prohibición, el 16 de julio, y el gobierno los obligó a esperar en México antes de ser inspeccionados y procesados en los puertos de entrada.
"El fallo es otra limitación importante al ataque del gobierno a los peticionarios de asilo y al sistema de asilo", dijo Baher Azmy, director legal del Centro de Derechos Constitucionales. “Reconoce que los tribunales pueden y deben preservar el compromiso de este país con los principios internacionales de derechos humanos”, agregó.
“Esperamos que la decisión del tribunal proteja la vida y la seguridad de miles de personas vulnerables que huyen de condiciones peligrosas en sus hogares y países”, añadió.
En concreto, dice la AIC, la decisión de la Corte de Apelaciones del 9º Circuito impide al gobierno negar asilo a aquellos solicitantes vulnerables que deberían haber sido procesados hace meses, hasta que el tribunal dictamine sobre una apelación del gobierno a la orden del tribunal de distrito.
“La orden del tribunal de distrito se aplica a una clase provisional que el tribunal certificó como parte de su decisión”, indicó el Consejo.