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Asilo Político

Los graves riesgos a los que se enfrentan los migrantes que fueron trasladados en vuelos chárter a Sacramento por el gobierno de Florida

Abogados consultados por Univision Noticias respecto a las consecuencias de los traslados de inmigrantes a otros estados aseguran que deben buscar consejo legal cuanto antes y notificar los cambios de dirección ante la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) y la Corte de Inmigración (EOIR) para evitar una orden de deportación en ausencia.
Publicado 7 Jun 2023 – 05:36 PM EDT | Actualizado 7 Jun 2023 – 05:36 PM EDT
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Los dos grupos de inmigrantes trasladados desde Texas hacia Sacramento, California, en dos vuelos privados planificado por el gobierno de Florida están en riesgo de perder sus derechos de permanencia en Estados Unidos, aseguran abogados entrevistados por Univision.

Esto puede ocurrir, explican, si no registran a tiempo sus nuevas direcciones ante la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) y/o la Corte de Inmigración (EOIR).

California alega que los traslados, un primer grupo de 16 el viernes y el segundo de 20, el lunes, se llevaron a cabo “sin arreglos previos ni atención”, y que la fiscalía general del estado se encontraba evaluando “posibles acciones penales o civiles contra quienes los llevaron u organizaron el transporte de estos inmigrantes vulnerables”.

El martes, la División de Manejo de Emergencias de Florida (FDEM), reconoció su participación en los traslados y dijo que se trató de una “reubicación voluntaria”.

Sin embargo, organizaciones y activistas que defienden los derechos de los inmigrantes advierten que los dos grupos de extranjeros fueron movilizados vía aérea bajo “engaño”, tema que forma parte de las investigaciones que lleva a cabo la fiscalía general de California.

Las consecuencias del traslado de inmigrantes a Sacramento

Abogados consultados por Univision Noticias señalaron que, de acuerdo con los datos recabados hasta ahora, es importante que los inmigrantes llevados desde Texas hasta Sacramento, California, no solo conozcan sus derechos sino también sus responsabilidades ante la ley.

“Legalmente no habría consecuencias legales para los extranjeros llevados de un estado a otro”, dice Jaime Barrón, un abogado de inmigración que ejerce en Dallas, Texas. “Hasta ahora se sabe, por lo que ha dicho Florida, que se trata de un 'traslado voluntario'”, agregó.

A la pregunta si el estado de Florida tiene alguna responsabilidad en advertir a los inmigrantes trasladados que tienen que notificar sus nuevas direcciones a las autoridades federales de inmigración y a la EOIR, Barrón dijo que “eso es responsabilidad del gobierno federal. Pero al intervenir un gobierno estatal, esa comunicación se interrumpe generando un problema”.

“Técnicamente se trata de un asunto de responsabilidad entre el inmigrante e ICE y la EOIR. Pero estas movilizaciones, que más bien parecen un show mediático, generan un gran dilema que puede verse como abuso, porque crea un caos y confusión para personas que ya de por sí pertenecen a un grupo muy vulnerable”, apuntó.

Inmigrantes trasladados a California de Florida pueden ser deportados

El plazo para registrar la nueva dirección es breve y en algunos casos, como la Corte de Inmigración, todo depende si el caso ya fue agendado.

“Pero si no registran la nueva dirección, estas personas corren peligro de que pierdan sus derechos de permanencia, sus casos de asilo y les tramiten una orden de deportación en ausencia”, advierte Ángel Leal, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.

Por ley, los extranjeros deben registrar su dirección ante las autoridades federales de inmigración y en la EOIR aquellos que tienen casos pendientes.

Leal dijo además que los traslados “interfieren con el procesamiento de inmigrantes a través de los canales legales abiertos por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS).

Los procesos de asilo son ahora más rápidos

Leal explicó que, a diferencia del proceso de asilo anterior a las políticas implementadas por el gobierno de Joe Biden, “los nuevos procesos, que básicamente si aprueban la entrevista de miedo creíble y no logran aprobar la entrevista de asilo pleno, los inmigrantes tienen que presentarse a la Corte en un plazo 90 días o menos”.

“Y si la Corte le envía una notificación o le pide información adicional y no tiene registrada la nueva dirección, el extranjero no sabrá que tiene que presentarse ni dónde. En ese caso lamentablemente pierde su proceso y recibe a cambio una orden de deportación en ausencia”, indicó.

Leal dijo además que “actualmente los márgenes de tiempo no son como antes, todo es más rápido. El proceso de asilo es más expedito y en muchos casos tienen corte en pocos días desde que fueron liberados (bajo el Programa de Alternativa de Detención -ATD.) Y si el inmigrante no conoce esta información, entonces se elevan los riesgos”.

“Florida no tiene responsabilidad en darle toda esta información al inmigrante, sino el estado de Florida que los traslada”, sostuvo Leal. “Pero el gobierno federal no es quien los traslada. Se trata de acciones de naturaleza política que están lesionando el debido proceso migratorio”, precisó.

El traslado de inmigrantes agrava los problemas

En septiembre del año pasado, cuando Florida trasladó vía aérea a 49 inmigrantes a Martha's Vineyard, Massachussets, de la misma manera como ahora lo hizo a Sacramento, Lilia Velázquez, una abogada de inmigración que ejerce en San Diego e imparte clases en la Universidad de California, dijo que “estamos viendo en vivo un problema que agrava la situación de la frontera. Y las personas sacadas del estado donde fueron liberadas no están recibiendo suficiente información sobre sus casos migratorios”.

Los inmigrantes llegaron a la frontera en busca de asilo, pasaron una primera entrevista de miedo creíble y fueron referidos a una corte de inmigración para que un juez decida sus futuros en Estados Unidos. “Es lo que dice la ley”, dice Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California. “Son ellos quienes deben determinar si la persona referida al tribunal recibe o no el asilo”.

“Si la persona está en ruta hacia otro estado, a cientos, miles de millas de distancia de donde registró la primera dirección, lo más probable es que no vaya a su audiencia y en ese caso el juez emitirá una orden de deportación en ausencia”, advirtió.

En esos casos, “reabrir el expediente es muy complicado. Y puede que el juez lo considere, entienda lo que está pasando, pero el proceso en sí para esa reconsideración es difícil y debe hacerse con asesoría legal”, apuntó.

A la pregunta si los tribunales están al tanto de esta situación de traslados ejecutados por Florida, por ejemplo, Gálvez dijo que “los jueces no tienen responsabilidad de averiguar por qué el inmigrante no se presentó o una audiencia. Tampoco los fiscales. No asistir a la cita se considera que la persona abandonó su caso, perdió sus derechos de permanencia y recibe una orden de deportación en ausencia”.

Qué hacer si un inmigrante es trasladado a otro estado

Respecto a qué deben hacer los inmigrantes trasladados a otros estados, como por ejemplo a Sacramento, California, los abogados recomiendan que “desde el momento en que abordan un autobús o un avión, como ya lo ha hecho Texas y Florida, Velásquez recomienda que “las personas deben revisar qué dirección entregaron a las autoridades de inmigración para recibir correspondencia”.

“Y una vez llegan a una nueva ciudad y/o deciden quedarse en una nueva dirección, deben proceder cuando antes a registrar el nuevo domicilio”, recomienda. “Y estar pendiente de la cita pautada en el tribunal de inmigración”.

A la pregunta cómo se procede a un cambio de dirección, Velásquez explicó que “los inmigrantes tienen que ponerse de alguna manera en o con un abogado o con una organización de ayuda que les brinde ayuda para hacer este trámite”.

“Ojalá haya abogados pro-bono suficientes para este proceso”, indicó. Y no deben olvidar de que el cambio de dirección tiene que hacerlo antes de la fecha de cita anotada en la Notificación de Comparecencia (NTA)”.

“Además, dentro de ese mismo plazo debe notificar el nuevo domicilio al tribunal asignado y pedir que su expediente sea trasladado al tribunal más cercano al lugar donde vive. Ese trámite se hace directamente en la corte y para eso también nec4sitará que lo ayuden. Y que todo eso lo hagan antes de su primera audiencia programada cuando la persona fue liberada en la frontera”, dijo Velásquez.

Gàlvez apuntó que “para el cambio de dirección hay 7 días de plazo”. Y que, en el caso de la Corte o el Tribunal de Inmigración, “si el expediente no está agendado no lo pueden aceptar, tiene que buscar un abogado para que lo asista. Y en cuanto a ICE, debe asistir a una oficina de la agencia para informar dónde se encuentra y cuál es su nueva dirección. Por último, si cambia la dirección en la Corte, debe utilizar el formulario EOIR-33”, indicó.


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