“Pedí asilo y cambié de ciudad, ¿tengo que registrar mi nueva dirección?” Respondemos tus preguntas de inmigración
Vivi pidió asilo por medio de un formulario I-589 y registró una dirección en California para recibir notificaciones del servicio de inmigración. Transcurrieron los meses y tomó la decisión, no solo de cambiar de ciudad sino también de estado. Ahora vive en Carolina del Sur y pregunta si debe notificar el cambio de domicilio, a quién y de cuánto tiempo dispone.
Respondemos a estas y otras preguntas sobre inmigración que nos llegan a la redacción de Univision Noticias. Puedes enviarnos la tuya a: [email protected]
Qué dice el reglamento
La Oficina de Revisión de Casos de Inmigración (Corte de Innmigración, EOIR) explica que para recibir notificaciones sobre su caso y cumplir con los requisitos de la agencia, “debe informarle cualquier cambio en su información de o dentro de los cinco días hábiles posteriores al mismo".
Eso significa que los inmigrantes que tienen casos pendientes en la EOIR y cambiaron de domicilio, están obligados a notificar la nueva dirección en un plazo de 5 o 10 días, dependiendo de la agencia que procesa el caso. Si no lo hacen, abogados consultados por Univision Noticias advirtieron que “pueden perder sus derechos de permanencia en Estados Unidos”.
Lo mismo deben hacer aquellos que tienen un trámite pendiente de resolución ante la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) o ante la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE).
Cabe señalar que los asilos que se trasmitan en los tribunales de inmigración se conocen como defensivos, mientras que aquellos tramitados ante la USCIS se les denomina afirmativos. Si un asilo afirmativo es denegado, es referido a un tribunal de inmigración y se convierte en defensivo.
Si no avisa se vuelve uun serio problema
“Es sumamente grave no avisar a la USCIS o a la EOIR que cambió de dirección”, afirmó Jaime Barrón, un abogado de inmigración que ejerce en Dallas, Texas. ”Los inmigrantes que tienen procesos activos, antes que nada deben saber que, si no avisar a tiempo un cambio de dirección, se trata de ¡una violación a la ley”.
Barrón dijo además que “en estos casos la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) puede iniciar una operación para detener a esa persona. Quienes no cumplen con este requisito corren riesgo de no recibir una notificación para acudir a una corte o a una oficina de inmigración y acabar con una orden de deportación en ausencia”.
Por su parte, el abogado Alex Gálvez, quien ejerce en Los Ángeles, California, dijo que aquellas personas que no tienen representación legal con las más expuestas porque carecen de consejo legal apropiado.
“Pero si usted se cambió de domicilio y no se enteró que tenía una audiencia y no acudió a la corte o a la cita con USCIS, el juez o la agencia federal emitirá una orden de deportación en ausencia y perderá su derecho de estar en el país", agregó.
Cuáles son las disposiciones de la EOIR
La EOIR dice que para recibir notificaciones sobre su caso y cumplir con los requisitos de la agencia, los extranjeros con trámites o juicios pendientes “ deben informar a la Corte cualquier cambio en su información de o dentro de los cinco días hábiles posteriores al cambio".
Para hacerlo, EOIR tiene disponibles en su página digital los formularios EOIR-33/IC (para avisar al tribunal sobre el cambio de dirección) y el EOIR -33/BIA (para comunicar el nuevo domicilio a la Corte de Apelaciones de Inmigración o BIA).
“A mis clientes les digo que, incluso si se le acaba el plazo para hacerlo, que vayan personalmente al tribunal, entreguen el formulario y que les sellen una copia", precisó Gálvez.
"Si el día de mañana la EOIR le envía una citación a la dirección vieja y usted no se entera, tiene ese documento para demostrar el error y que le programen una nueva cita”, apuntó.
ICE dice que puedes hacerlo en línea
A mediados de abril anunció el lanzamiento de una herramienta en línea que permite a los extranjeros con casos pendientes notificar o actualizar la dirección o domicilio.
“La nueva herramienta ofrece una opción conveniente y confiable para que los no ciudadanos (extranjeros indocumentados) actualicen la información de la dirección mientras esperan los procedimientos judiciales de inmigración”, dijo la dependencia que opera bajo el mando del Departamento de Seguridad Nacional (DHS).
El formulario en línea “brinda la opción de actualizar su información en línea además de las opciones existentes de hacerlo por teléfono o en persona”, agregó.
Los reglamentos advierten que cuando un extranjero con trámite de inmigración pendiente cambia de dirección, tiene un plazo de 5 días para notificarlo a las autoridades federales.
En la USCIS también puedes hacerlo en línea
La USCIS también dispone de una página digital para hacer el cambio de dirección por medio del formulario AR-11, herramienta que funciona en inglés y español.
“Todos los no ciudadanos en Estados Unidos deben informar un cambio de dirección a USCIS, excepto personas con visas A o G y visitantes con exenciones de visas. Esto ayuda a garantizar que enviamos las notificaciones y documentos importantes a la dirección correcta.
USCIS agrega que el plazo para notificar un cambio de dirección es de 10 días. Y existen dos maneras para hacerlo:
- A través de la cuenta de USCIS en línea si presentó el formulario en línea (o si presentó un formulario impreso que tiene un número de recibo que empieza con IOE); o
- Por medio el Formulario AR-11, Cambio de Dirección, en línea.
La agencia dijo además que, si el inmigrante es víctima de violencia doméstica, trata de personas u otros delitos, o si ya ha presentado el Formulario I-751 para exención por abuso, “debe presentar el Formulario AR-11 en formato impreso”.