Por qué el 1 de noviembre de 2020 vuelve a ser fecha clave para los inmigrantes en EEUU
El fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia el viernes que avala las prioridades de deportación del gobierno de Joe Biden, constituye una importante victoria para la continuación de la política migratoria del mandatario.
El dictamen echó por tierra las aspiraciones de Texas y Louisiana, ambos gobernados por republicanos que alegaban que el gobierno había violado la ley de inmigración y exigían la detención y deportación de la totalidad de indocumentados.
El máximo tribunal de justicia fue categórico, 8 a 1, al señalar que los estados no tienen “potestad” para impugnar decisiones del gobierno federal, sobre todo cuando se trata de temas federales como lo es la aplicación o ejecución de la ley federal de inmigración de Estados Unidos.
Tras el fallo, las prioridades de deportación reiteradas a finales de septiembre de 2022 cobran plena vigencia.
El 30 de septiembre de 2022, el secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), Alejandro Mayorkas, publicó una guía de prioridades de deportación a los directores de dependencias bajo su mando. Estas son sus claves.
Clave principal de las prioridades de deportación
El ser indocumentado en Estados Unidos no es causal de deportación inmediata, pero los agentes federales de inmigración tienen amplia discrecionalidad para detener, arrestar y expulsar a un indocumentado, señala el documento.
Las prioridades no son nuevas, fueron establecidas en febrero del 2021 luego de que el presidente Biden revirtiera una serie de regulaciones que formaban parte de la política de 'tolerancia cero' del expresidente Donald Trump. Una de ellas establecía que la presencia indocumentada constituía una amenaza a la seguridad pública y nacional de Estados Unidos.
Biden, incluso, fue todavía más lejos. No solo anuló las prioridades que había determinado el gobierno anterior, sino que dejó de utilizar el término extranjero ilegal para referirse a los indocumentados y comenzó a llamarlos “no ciudadanos”.
Es un término que rechazan estados gobernados por republicanos, como Texas y Florida, entre otros, quienes insisten en llamar a los extranjeros no autorizados como "ilegales" y acusarlos de forma generalizada y sin pruebas de ser criminales, violadores y traficantes de drogas.
Las prioridades de deportación
- Amenaza a la seguridad nacional. Un no ciudadano que participe o sea sospechoso de terrorismo o espionaje, o relacionado con el terrorismo o actividades relacionadas con el espionaje, o que represente un peligro para la seguridad nacional.
- Amenaza a la seguridad pública. Un no ciudadano que represente una amenaza real para la seguridad pública, generalmente debido a un delito grave.
- Amenaza a la seguridad fronteriza. Un no ciudadano que represente una amenaza para la seguridad fronteriza.
Fecha clave: 1 de noviembre de 2020
El memorando de Mayorkas añade que un no ciudadano (extranjero) se convierte en una amenaza para la seguridad fronteriza si:
- Es detenido en la frontera o puerto de entrada mientras intentan ingresar ilegalmente a Estados Unidos.
- Es detenido en Estados Unidos tras haber ingresado ilegalmente después del 1 de noviembre de 2020. Esta fecha es clave para entender las prioridades de deportación del gobierno.
Sin embargo, la guía indica que en algunos casos se requerirá una evaluación más a fondo y se tendrá en cuenta “la totalidad de los hechos y circunstancias” para decidir la deportación.
Discreción procesal
Si bien el hecho de ser indocumentado no constituye una causa inmediata o única de deportación de Estados Unidos, el memorando de 2022 recuerda un principio fundamental que rige la autoridad de los agentes federales de inmigración: “el ejercicio de la discreción procesal”.
Explica que, por ley, los funcionarios del gobierno federal tienen “amplia discreción” para decidir: quién debe estar sujeto a arresto, detenciones, procedimientos de deportación y ejecutar o llevar a cabo la deportación de un no ciudadano.
Población indocumentada
El memorando de 2022 señala que hay 11 millones de personas indocumentadas o removibles (deportables) de Estados Unidos.
Sin embargo, señala: “No tenemos los recursos para aprehender y buscar la remoción” de todos ellos. “Debemos ejercer nuestra discreción y determinar a quién priorizar para la acción de aplicación de la ley de inmigración”.
La prioridad, agrega, se enfoca en aquellos que han cometido crímenes y constituyen una amenaza a la seguridad pública y nacional de Estados Unidos.
Reconocimiento oficial
“Al ejercer nuestra discreción, nos guiamos por el hecho de que la mayoría de los no ciudadanos indocumentados, que podrían ser objeto de expulsión, han sido contribuyentes de nuestras comunidades durante años”, agrega el memorando de Mayorkas.
Este grupo de personas incluye:
· Personas que trabajaron en la primera línea contra la pandemia del covid-19;
· Individuos que lideran las congregaciones de fe;
· Personas que enseñan a nuestros hijos y trabajadores que laboran en los campos para ayudar a entregar alimentos a nuestra mesa.
No es la única causal
El hecho de ser indocumentado, precisa la guía, no convierte al no ciudadano en removible o deportable. Por lo tanto, “no debe ser el único motivo de acción de ejecución (de la ley de inmigración) contra ellos”.
“Usaremos nuestra discreción y enfocaremos nuestros recursos de cumplimiento de una manera más específica”, puntualiza la instrucción. “La justicia y el bienestar de nuestro país así lo requieren”.
Factores agravantes
Entre los factores agravantes que justifican la deportación se consideran, entre otros:
- Gravedad del delito, condena y la pena impuesta.
- La naturaleza y grado de daño causado por el delito.
- Uso o amenaza de uso de un arma de fuego o arma peligrosa.
- Antecedentes penales graves.
Factores atenuantes
Sin embargo, también puede haber factores que mitiguen la prioridad de deportación. Entre ellas:
- Edad del no ciudadano (avanzada o si se trata de un menor).
- Presencia física prolongada en Estados Unidos.
- Una condición mental que puede haber contribuido a la conducta delictiva, o condición física o condición mental que requiere atención o tratamiento.
- Condición de víctima de un delito o víctima, testigo o parte en un proceso judicial.
- El impacto de la deportación en la familia en Estados Unidos, tal como la pérdida del proveedor o cuidador.
- Si el no ciudadano puede ser elegible para protección humanitaria u otro tipo de alivio migratorio.
- Servicio militar u otro servicio público del no ciudadano o su familia inmediata.
- Tiempo transcurrido desde una infracción y evidencia de rehabilitación.
- Si la condena fue anulada o borrada.
- Durante el gobierno de Trump el solo hecho de haber sido acusado de un delito constituía una prioridad de deportación. Incluso si el caso todavía no había sido sentenciado.
Asunto complicado y de derechos civiles
Mayorkas escribió en el memorando que la decisión de cómo ejercer la discreción fiscal “puede ser complicada y requiere trabajo de investigación”.
“Nuestro personal no debe depender del hecho de una condena o del resultado solamente de una búsqueda en la base de datos. Más bien nuestro personal debe, en la mayor medida posible, obtener y revisar todo el expediente penal y istrativo y otra información de investigación para aprender de la totalidad de los hechos y circunstancias de la conducta en cuestión”.
La discreción de los agentes federales también apunta a respetar los derechos y libertades civiles de los no ciudadanos.
Precisa que la raza, religión, género, orientación sexual o identidad de género, el origen nacional o las asociaciones políticas nunca serán factores en la decisión de emprender acciones de ejecución.