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Qué significa el fallo de la Corte Suprema y por qué algunos inmigrantes con ciertos crímenes tendrán una segunda oportunidad

Hasta el martes por la mañana, una condena por robo convertía a un extranjero, con o sin papeles de permanencia legal en Estados Unidos, en deportable. El gobierno consideraba este delito como un crimen violento. Ahora no.
18 Abr 2018 – 02:26 PM EDT
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El fallo emitido el martes por la Corte Suprema de Justicia sobre ciertos ‘delitos violentos’ con delitos agravados, le quitó a Donald Trump una herramienta eficaz para arrestar y deportar a inmigrantes y expulsarlos de manera acelerada.

El gobierno reaccionó indignado. "El fallo socava significativamente los esfuerzos para expulsar de Estados Unidos a los extranjeros condenados por ciertos crímenes violentos, incluidos los de agresión sexual, secuestro y robo”, dijo Tyler Q. Houlton, vocero del Departamento de Seguridad Nacional (DHS).

Pero, ¿a quiénes beneficia el dictamen y cómo? En este cuestionario te explicamos qué significa la decisión y por qué el máximo tribunal de justicia de Estados Unidos se pronunció sobre este tema.

1. ¿Por qué la Corte Suprema revisó este caso?

El recurso de revisión fue presentado por James Dimaya, un residente legal permanente de origen filipino que llegó a Estados Unidos en 1992 cuando tenía 13 años. En 2007 y 2009 Dimaya fue enjuiciado y condenado por dos delitos de robo. En total recibió condenas de 4 años en prisión.

En 2010, durante el primer mandato de Barack Obama, el Gobierno inició un proceso para deportarlo porque, consideró, que los delitos cometidos por Dimaya podían ser considerados “crímenes violentos”. El Gobierno procedió entonces, amparado por una provisión contenida en la ley federal, abrirle un proceso de deportación por haber cometido “crímenes violentos”.

2. ¿Qué es un crimen violento?

El estudio de la abogada de inmigración Lilia Velásquez, profesora adjunta de la facultad de leyes de la Universidad de California en San Diego, explica que, básicamente, el caso Dimaya investiga la definición de ‘delito de violencia’ con delito agravado tal como se describe en 18 U.S. Code Sec. 16.

Añade que los delitos que se constituyen en "crímenes de violencia" bajo 18 U.S. Code § 16 se convierten en felonías agravadas “si un tribunal impone una pena de prisión de un año o más”.

3. ¿Todos los delitos castigados con una pena de un año o más se convierten en crímenes violentos?

No. El fallo de la Corte Suprema aclara que, como en el caso Dimaya, aunque recibió en cada uno de los delitos una pena de dos años, no puede ser considerado una “felonía agravada porque se trató de robos sin daños a terceras personas, no existió violencia agravada”.

4. ¿Cómo se define entonces un crimen violento?

Velásquez señala que el estatuto 18 U.S. Code Sección 16, proporciona la definición del código criminal federal de "crimen de violencia" en dos partes. Y que éstas, a menudo, son conocidas como la ‘cláusula de los elementos’ y la ‘cláusula residual’.


  • (a) una ofensa que tiene como elemento el uso, uso tentativo o uso con amenaza de la fuerza física contra la persona o propiedad de otro, o
  • (b) cualquier otra ofensa que sea un delito grave y que, por su naturaleza, implique un riesgo sustancial de que la fuerza física contra la persona o los bienes de otra persona pueda ser utilizada en el curso de la comisión de la ofensa.

5. ¿Ambas partes fueron declaradas inconstitucionales por la Corte Suprema?

“No. La parte b es lo que está en cuestión en este caso y el Tribunal finalmente decidió que es inconstitucional, porque es vaga”, apunta Velásquez.

6. ¿Por qué la Corte Suprema puso en duda la llamada ‘cláusula residual’?

Porque bajo la cláusula 18 U.S. Code Sec.16, primero se debe determinar que el delito cometido es un crimen de violencia y que el tribunal impuso una sentencia de un año o más. Este es el estatuto donde el enfoque categórico y el enfoque categórico modificado entran en su lugar para que el tribunal determine si los hechos del caso lo convierten en un crimen de violencia.

7. ¿Qué dijeron los magistrados de la Sección 16 (b)?

La Corte Suprema sostuvo que "la Sección 16 (b) exige un enfoque categórico y de caso ordinario. Por razones expresadas en Johnson v United States, ese enfoque no puede abandonarse a favor de un enfoque basado en la conducta, que pregunta sobre la forma específica en que un acusado cometió un delito”, señala Velásquez.

Y agrega que “el Gobierno, una vez más, no pidió [a la Corte] que abandone el enfoque categórico en los casos de cláusula residual, lo que sugiere que el enfoque basado en hechos es una interpretación insostenible de la Sección 16 (b)”. Y además, “un enfoque basado en hechos generaría preguntas constitucionales”. Por tanto, “en cualquier caso, el texto de la Sección 16 (b) exige un enfoque categórico”.

8. ¿Cómo debe interpretarse entonces el fallo?

Velásquez explica que, con base en la decisión de la Corte, para que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) proceda a una deportación, “debe presentar un cargo diferente al de robo en lugar de considerar que el robo constituye una felonía agravada”.

El delito para proceder a la expulsión de un extranjero debe ser una falta que lo convierta en deportable. Pero en este caso, “creo que el cargo (por el que Dimaya fue sentenciado) fue establecido para un crimen agravado (felonía agravada) y esa es la razón por la que el gobierno dijo que se trataba de un crimen de violencia, como se define en la Sección 16 (b) descrita anteriormente”.

9. ¿Qué dijo la Corte de Apelaciones antes de llegar el caso a la Corte Suprema?

Un fallo de 2015 de la Corte de Apelaciones del 9º Circuito canceló la deportación de Dimaya argumentando que la Ley de Inmigración y Nacionalidad es demasiado vaga a la hora de determinar qué crímenes son violentos, lo que dio lugar a una arbitrariedad que viola la Constitución de Estados Unidos.

“Es decir, concluyó en este mismo caso, que el robo no es un crimen de violencia”, apuntó Velásquez. “Aquí no importó que la persona fuera sentenciada a un año o más, porque el robo no es considerado un crimen de violencia bajo la Sección 16 (b) y por lo tanto no es una felonía agravada”, puntualizó.

“Por lo tanto, una condena por robo no haría a una persona deportable porque no se considera un crimen de violencia, incluso si la sentencia fue de más de un año, como se estipula para los crímenes agravados”, añadió.

10. ¿El fallo impacta en todos los casos?

No. Esta decisión de la Corte Suprema es importante solo para los casos que caen bajo 18 USC Sección 16 (b), donde la Corte necesita obtener detalles (enfoque categórico modificado) del crimen para ver si hay un "riesgo sustancial" de que haya "fuerza física", concluyó Velásquez.

La decisión sobre el caso Dimaya abre la posibilidad para que otros inmigrantes o residentes legales permanentes que han cometido ciertos crímenes no violentos, puedan apelar sus sentencias migratorias y seguir batallando por sus permanencias en Estados Unidos, explicó el abogado Ezequiel Hernández, quien ejerce en Phoenix, Arizona, y colabora frecuentemente con la redacción de Univision Noticias.


Nota: La abogada Yunuen B. Mora, de la oficina de Lilia Velásquez, colaboró para esta nota.

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