Las claves de la ley aprobada por el senado mexicano sobre el uso medicinal de la marihuana
El Senado mexicano aprobó un dictamen que reforma la Ley general de Salud y del Código Penal Federal para permitir en el país el uso medicinal y científico de la marihuana, propuesta por el presidente Enrique Peña Nieto.
La decisión fue aprobada con 98 votos a favor, siete en contra y una abstención; sin embargo, para que sea una realidad en México, aún tiene que pasar por la Cámara de Diputados para sus análisis y su eventual aprobación o desaprobación definitiva.
No obstante, una fuente de la Cámara de Diputados dijo a Univision Noticias que no se contempla su discusión en los dos días que restan de este periodo.
Estos son los puntos más importantes del dictamen que fue aprobado por la Cámara de Senadores:
Facultades de la Secretaría de Salud
El dictamen otorga libertad a la Secretaría de Salud (SSA) a diseñar políticas públicas que regulen el uso medicinal de los derivados de cannabis, entre los que figura el tetrahidrocannabinol (THC), que es el principal psicoactivo en las plantas del género cannabis, sus isómeros y variantes.
La secretaría también podrá normar la investigación y producción nacional.
Lista de sustancias prohibidas
Se eliminará a la nabilona (un análogo sintético del THC que se usa para paliar síntomas como vómitos a causa de tratamientos de quimioterapias) y al cáñamo de la lista de las sustancias que se consideran como un problema grave para la salud pública.
Importación de estupefacientes
La Secretaría de Salud será quien otorgue las autorizaciones para importar estupefacientes, substancias psicotrópicas, productos o preparados, incluyendo los derivados farmacológicos de la cannabis, entre los que se encuentra el THC, sus isómeros y variantes estereoquímicas.
Se establece que los productos que contengan concentraciones del 1 por ciento o menores de THC, y que tengan amplios usos industriales, podrán comercializarse, exportarse e importarse, cumpliendo los requisitos establecidos en la regulación sanitaria.
Siembra y cosecha de marihuana
La siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana no será castigada cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos, en los términos y condiciones de la autorización.
Investigación científica
En una segunda etapa, cuando concluya la investigación científica de su aplicación en el país, se permitiría la producción nacional. Se ha demostrado que el uso terapéutico de esta planta puede coadyuvar en el tratamiento de 40 distintas enfermedades.
Queda pendiente la discusión sobre la dosis máxima de portación
En el dictamen no se aborda el tema relacionado con la dosis máxima de cannabis para consumo personal, ya que este asunto se analizará, discutirá y dictaminará cuando se considere por parte de las comisiones dictaminadoras. Sin embargo no significa que la propuesta para delimitar la dosis máxima haya sido rechazada o desaprobada.